La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la condena dictada en
contra de la empresa de tarjetas "Crédito Organización y Finanzas
S.A." (Cofisa) por una serie de infracciones a la Ley del Consumidor en la
operación de las tarjetas de la multitienda ABC-DIN.
En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada ratificó la
condena por cláusulas abusivas en los contratos denominados "Informativo
convenio", para renegociar deudas de los clientes de la multitienda.
El fallo del tribunal de alzada sanciona con una multa de 40 UTM
(unidades tributarias mensuales) por cada una de las cinco infracciones a la
Ley del Consumidor cometidas por Cofisa, las que se refieren al artículo 3
letras a) y b), sobre derecho a la elección de bienes y servicios y
derecho a información veraz, respectivamente; artículo 4, sobre derechos del
consumidor; artículo12, respeto de términos y condiciones pactadas; artículo 16
letra g), sobre vulneración del principio de la buena fe, y el artículo
23, sobre menoscabo al consumidor.
Además, el tribunal de alzada ratificó las sanciones aplicadas por el
juez Pedro García, del 22° Juzgado Civil de Santiago, quien (en causa rol
1746-2012) determinó lo siguiente:
"Se declara la nulidad absoluta de las cláusulas nº 1, nº3 y nº 7
contenida en el contrato de crédito denominado "Informativo
Convenio", objeto de este procedimiento.
Se ordena a la demandada que proceda a eliminar de los registros de
morosidades y protestos de las bases de datos en que han sido informados los
consumidores que suscribieron el Informativo Convenio.
Que se determina como grupo y sub grupo de consumidores afectados
aquellos clientes suscriptores de convenio de pago no eliminados del Boletín
Comercial dentro de los siete días siguientes a la suscripción del documento.
se condena al demandado al pago por concepto de indemnización de perjuicios,
generado a los consumidores con ocasión de la infracción a la ley de protección
al consumidor y que se divide en la siguiente forma: para los no eliminados en
hasta 24 meses contados desde la interposición de la demanda $30.000 (treinta
mil pesos); para lo no eliminados de más de 24 y 48 meses $22.000 (veintidós
mil pesos); para los no eliminados de más de 48 y menos de 60 meses
$15.000 (quince mil pesos) y para los no eliminados en un plazo superior a 60
meses $3.000 (tres mil pesos).
Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 19.496, se
ordena efectuar a costa del demandado, las publicaciones de avisos, las que
deberán realizarse a través de la inserción respectiva en los diarios "La
Cuarta" y "La Tercera", de circulación nacional. En los diarios
electrónicos www.elmostrador.cl, www.cooperativa.cl ywww.biobiochile.cl".
Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile.
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