La Corte Suprema remitió instructivo a todas las Cortes de Apelaciones
del país con los parámetros que se deben seguir para la nominación de
abogados integrantes en los 17 tribunales de alzada, y que deberán aplicar a
partir del proceso de designación para el año judicial 2015.
La decisión del máximo tribunal se adoptó debido a que en los últimos
años, ha recibido nóminas de postulantes en las que se ha incluido a
"(...) personas carentes de las condiciones, ya objetivas o subjetivas,
para optar a la referida nominación o bien, cuyos antecedentes desaconsejan
incluirlos en terna con dicho objeto".
Por ello, se acordó que los tribunales de alzada deberán abstenerse
de nominar para el cargo a:
1.- Abogados que ejerzan funciones de defensores públicos.
2.- Abogados que cumplan funciones en calidad de jueces de policía local.
3.- Abogados que exhiban un estándar de litigación permanente y,
4.- Abogados que aparezcan desprovistos de la calidad substancial inherente a
la nominación de abogado integrante.
Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile.
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