jueves, 13 de febrero de 2014

EL CASO DE LA FISCAL GUATEMALTECA CLAUDIA PAZ Y PAZ

   El pasado 5 de febrero, la Corte de Constitucionalidad de Guatemala dictaminó que la Fiscal General, Claudia Paz y Paz, debe abandonar su cargo el próximo 17 de mayo, siete meses antes de lo esperado.

   De esta manera, la Corte fallaba un amparo interpuesto por un abogado unas semanas antes.

   La oficina de las Naciones Unidas en ese país (Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala) reconoció la labor de la fiscal y expresó: "Sería deseable que –para provecho del adecuado funcionamiento del sistema de justicia en su conjunto– tal situación de interinidad fuese prontamente definida, máxime cuando el tema de la Fiscal General ha sido jurídicamente polémico y, por tanto, no exento de diversas interpretaciones plausibles”.

   Historial
   En 2010, Paz y Paz se convirtió en la primera mujer Fiscal General de Guatemala, durante el gobierno de Alvaro Colom y en reemplazo del fiscal Conrado Reyes. A su llegada al poder, Otto Pérez Molina la confirmó en el cargo.

   En estos tres años, la fiscal se ha destacado por su lucha contra la impunidad. Su caso más conocido es del ex gobernante militar Efraín Ruiz Montt, hallado culpable por genocidio. Quienes la apoyan dicen que también ha mostrado grandes resultados contra la corrupción y los homicidios.

   En 2102, la revista Forbes la nombró como una de las cinco mujeres "más poderosas cambiando el mundo". En 2013 fue nominada al Nobel de la Paz.

   Hasta Ricardo Sagastume, el abogado guatemalteco que pidió el recurso de amparo que culminó en la decisión de la Corte de Constitucionalidad, reconoce que Paz y Paz "le ha elevado el nivel al ministerio público".

   Lo Jurídico y la Política
   Sagastume, quien se define como un "abogado corporativo" que se dedica "al derecho mercantil y de empresas" asegura que presentó la demanda como un ciudadano guatemalteco cualquiera y que sus argumentos e intenciones son jurídicos, no políticos. Sus contradictores dicen algo distinto.

   El punto álgido es uno: Sagastume -y otras personas- argumentan que Claudia Paz y Paz sólo debía culminar el período del fiscal al que reemplazó. De ser así, su gestión termina el próximo 17 de mayo.

   "Los ciclos que corresponden a determinados funcionarios públicos la Constitución los establece. De acuerdo a nuestra presentación, lo que sucedió es que ya ella fue nombrada en el momento en que ya había iniciado un ciclo. De acuerdo con la Constitución, y con nuestro criterio, a ella le corresponde concluirlo" dijo Sagastume.

   Sin embargo, la propia fiscal -y quienes la apoyan- dicen que en realidad empezó un período nuevo, el cual finaliza en diciembre.

   "Yo fui electa luego de la anulación del nombramiento del fiscal general anterior. Es decir, yo no estoy sustituyendo un período anterior, él no renunció ni fue removido, sino que la Corte de Constitucionalidad anuló todo este proceso", dice la propia Claudia Paz y Paz.

   Antonio Ixtot, periodista del diario Prensa Libre, señala que algunos expertos han dicho que "hubo ambigüedad en la creación del cargo de la Fiscal. Ella tomó posesión cuando ya estaba un fiscal que había trabajado cinco meses. Sin embargo, en el acuerdo jamás se establece si termina el período del anterior jefe del ministerio público o si lo hace por un período completo".

   Con su fallo -cinco a favor, ninguno en contra- la Corte de Constitucionalidad le dio la razón a Sagastume. La misma Corte denegó posteriormente un recurso de amparo provisional interpuesto por la propia fiscal pidiendo que aclarara su dictamen y lo ampliara.

   Martín Guzmán, secretario de la Corte, dijo que el pronunciamiento "no es ambiguo, porque está resuelto en una misma línea interpretativa, de conformidad con lo reclamado y su aplicación jurídica". Agregó que tampoco era oscuro "porque sus términos son claramente comprensibles", ni contradictorio "en tanto que los puntos de la decisión son coherentes entre sí".

   Las dudas para algunos, afloran porque, según José Rodríguez, del Centro de Acción Legal para los Derechos Humanos, una de las organizaciones no gubernamentales que trabajó por llevar a Ríos Montt ante la justicia, la Corte de Constitucionalidad ha tenido en los últimos meses una "serie de decisiones dudosas", empezando por la anulación del proceso -no de la sentencia, aclara- por genocidio contra Ríos Montt. "Desde entonces se han dado una serie de fallos que favorecen a sectores que tienen el poder económico, militar, político".

   Del contexto expuesto, es dable apreciar que el fallo de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala tiene aprestos jurídicos pero además políticos, que confrontan a dos sectores en un año considerado clave para el nombramiento de diversos importantes cargos en la justicia guatemalteca, con inevitables proyecciones para el futuro conocimiento y resolución de muchos casos penales de la reciente guerra civil.

   Algunas piezas del expediente Exp 461-2014, como son el fallo de la Corte, la resolución en que se pronunció sobre la solicitud de Revocatoria de Amparo Provisional, y la que desechó la solicitud de Aclaración y Ampliación de la resolución sobre la revocatoria, pueden verse a continuación.

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