Para tener acceso
a la tramitación y presentación de demandas, escritos y documentos, los
usuarios deberán identificarse con la "Clave Única del Estado".
A partir del domingo 18 de diciembre se
inicia la vigencia de la ley 20.886 que regula esta materia en las
cuatro jurisdicciones que aún no se integraban al sistema: Valparaíso,
San Miguel, Santiago y Concepción.
Cabe recordar que la citada ley regulará
todos los aspectos relacionados con la tramitación de causas en la
Corte Suprema, Cortes de Apelaciones, tribunales de juicio oral en lo
penal, juzgados de Letras, Garantía, Familia, Letras del Trabajo y
Cobranza Laboral y Previsional.
Para tener acceso a la tramitación y
presentación de demandas, escritos y documentos, los usuarios deberán
identificarse con la "Clave Única del Estado", proporcionada y
administrada por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Las
presentaciones efectuadas a través de la oficina se entenderán suscritas
por el usuario que las remite, sin necesidad de contener su firma
manuscrita, entendiéndose la clave única electrónica como firma
electrónica simple".
Cabe hacer notar que se ha realizado numerosos cursos y seminarios de capacitación para todos los operadores jurídicos, considerando que la ley se presume conocida de todos desde la fecha de su entrada en vigencia y no habrá excusa que justifique el desconocimento sobre este nuevo procedimiento que cambia radicarmente lo conocido por muchos años, pero con inconmensurables ventajas para toda la comunidad.No obstante ello, el Poder Judicial ha puesto a disposición de todos lo interesados, una vez más, el texto de la Ley que lo establece y vídeos instructivos, los que hemos tomado prestados para ofrecerlos a los usuarios en el link que aparece en azul más abajo.
Vea texto íntegro de la ley N° 20.886 y acceda a los vídeos que explican la tramitación.
Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile
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