martes, 22 de abril de 2014

CORTE SUPREMA DE CHILE EN FALLO UNÁNIME CONFIRMÓ CONDENA A DUEÑOS DE CIRCO POR ACCIDENTE FATAL DE MENOR CAUSADO POR ELEFANTA

   El fallo dictado por el Máximo Tribunal y que significó una condena al pago de cien millones de pesos a título de indemnización de perjuicios, es la confirmación de la sentencia de la Corte de San Miguel que a su vez ratificó el pronunciamiento de primera instancia.

   Los hechos consistieron, en síntesis, en el derrumbe de un muro de las instalaciones en las que se encontraba ubicado el circo que provocó la muerte de un menor de edad, muro que cayó a causa de una elefanta sin control.

   En opinión del sentenciador, en el contexto de un recurso de casación en el fondo intentado, el art. 2327 del Código Civil una aplicación particular del artículo 2326 del mismo código, se contempla la responsabilidad civil, general y amplia de los dueños y encargados de animales por todo daño que causen, aún después de que se hayan soltado o extraviado, salvo que no pueda imputarse culpa al dueño o a sus dependientes.

   Se sostiene que en los escritos de discusión y en el recurso de apelación ninguna defensa esgrimió en torno a una supuesta falta de dominio del animal que causó el accidente, tanto es así que nada se dice acerca de ello en la resolución que recibió la causa a prueba. En esas condiciones, resulta que el impugnante intenta introducir a estas alturas del debate alegaciones que debió realizar en su oportunidad, por lo que el tribunal de alzada al confirmar el fallo de primer grado no ha podido vulnerar la normativa traída a colación en el arbitrio en estudio, por lo que no existe congruencia entre las alegaciones planteadas por el demandado en sus escritos de contestación de demanda, dúplica y recurso de apelación y las que ahora fundamentan el recurso de casación en el fondo.


   TEXTO ÍNTEGRO DEL FALLO

Fuente: Diario Constitucional de Chile


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