miércoles, 22 de mayo de 2013

MOCIÓN PROPONE ELIMINAR LOS APORTES DE TIPO “RESERVADOS” EN CAMPAÑAS ELECTORALES. (22 DE MAYO DE 2013.)


La moción de los diputados Alinco, Espinoza, Jaramillo, Lorenzini, Marinovic, Meza, Rubilar, Sabag, Sandoval y Santana, expone que la actual Ley N° 19.884, sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, se encuentra vigente desde el año 2003, sin perjuicio de haber sido complementada por otras leyes que han venido a estructurar el texto legal, como lo relativo al aporte de las campañas electorales del tipo "Anónimos", "Reservados" o "Públicos".

Observa luego que, en cuanto a los aportes de tipo “reservados”, la situación de transparencia futura que se produce en relación a las actuaciones de los candidatos beneficiados ha sido abiertamente cuestionada por la opinión pública.

En este sentido la iniciativa destaca antecedentes proporcionados por el SERVEL, los cuales indican que “para las últimas elecciones presidenciales y parlamentarias del año 2009, se declararon 9.900 millones de pesos para las campañas presidenciales, y de los cuales el 35% fueron de aportes reservados para renovar la mitad del Senado, las campañas declararon gastos por 5.700 millones de pesos, con aportes reservados por un 62% del total de los aportes. En cuanto a las campañas para la elección de diputados, se tuvieron aportes por un total de 14.000 millones de pesos, con un 41% de aportes reservados”. Sin embargo, la idea de aportes “reservados” no ha sido contemplada en la ley de donaciones para fines deportivos y culturales, pero sí para la actividad política, lo que resulta evidentemente contrario a la idea de transparencia.

Así, los autores de esta iniciativa intentan fortalecer la transparencia y democracia de nuestro país, otorgando mayores condiciones de igualdad a los distintos actores políticos, y desvincular efectivamente las decisiones políticas y públicas de los intereses privados de los donantes de recursos.

Por las razones expuestas, el proyecto de ley propone modificar la Ley N° 19.884, estableciendo en general que “la opción de realizar aportes públicos a las campañas electorales, serán conocidos los aportantes y en consecuencia se podrá identificar las inhabilidades para las votaciones de los proyectos de ley, en el caso de parlamentarios; o para la aprobación de planes reguladores o asignaciones de recursos en los casos de Alcaldes, Concejales y Consejeros Regionales”.


Fuente: Diario Constitucional de Chile.

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