La Corte Suprema condenó al fisco a pagar una indemnización de
$10.000.000 (diez millones de pesos) a una mujer que fue suplantada y acusada
del delito de hurto en la ciudad de Talca, en 2005, a raíz de un mal
procedimiento de identificación realizado por Carabineros.
En fallo unánime (causa rol 14.421-2013), los ministros de la Tercera
Sala del máximo tribunal Rubén Ballesteros, Héctor Carreño, Pedro Pierry, Rosa
Egnem y María Eugenia Sandoval determinaron la responsabilidad estatal en la
situación que vivió Gloria Sepúlveda Hevia, quien entre 2005 y 2007 registra
una anotación prontuarial por su supuesta participación en un delito de hurto,
tras ser suplantada en una audiencia de procedimiento simplificado, en el
Juzgado de Garantía de Talca.
Sepúlveda Hevia, en octubre de 2007, al solicitar un certificado de
antecedentes en el Registro Civil, descubrió que registraba una anotación
prontuarial por su supuesta participación en un delito de hurto.
La sentencia del máximo tribunal del país determinó la responsabilidad
-por falta de servicio- de Carabineros de Chile al no realizar los
procedimientos de identificación correctos.
"… a Carabineros de Chile se le encomiendan determinadas funciones
en los artículos 83 y 85 del Código Procesal Penal … denominadas
doctrinariamente "facultades autónomas de la policía"”, señala la
resolución, agregando que “En el caso de autos, la demandada no acompañó
–siendo de su cargo– ninguna prueba que demostrara que cumplió con el
procedimiento previsto en la ley para identificar a la detenida … Lo anterior
permite configurar la falta de servicio demandada en autos –reconducida al
artículo 2314 del Código Civil– pues es esta omisión la que permitió que se
suplantara la identidad de la demandante".
Además, se rechazó la demanda respecto de una eventual responsabilidad
del Ministerio Público en el hecho, al considerar que el error en la
identificación cometido por la policía condujo a una errónea entrega de
antecedentes en la audiencia respectiva: "… es dable presumir que en la
mencionada causa se siguieron los protocolos normales para la entrega de los
detenidos y que en ese contexto Carabineros de Chile entregó a una persona … sin
que se acreditara en autos que la fiscal a cargo de la investigación contara
con antecedentes que le permitieran siquiera sospechar que se encontraba frente
a una imputada cuya identificación era dudosa. De esta forma no es posible
atribuir la responsabilidad impetrada por la actora al ente persecutor",
agrega el fallo en este aspecto.
TEXTO COMPLETO DE SENTENCIA
Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile
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