miércoles, 17 de junio de 2015

CORTE DE COYHAIQUE (CHILE) EN FORMA UNÁNIME CONDENÓ A MUNICIPALIDAD A PAGAR INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE MENOR EN PLAZA DE JUEGOS INFANTILES

   La Corte de Apelaciones de Coyhaique condenó a la Municipalidad de Coyhaique a pagar una indemnización total de casi  $ 64.000.000 (sesenta y cuatro millones de pesos) a una menor y sus padres que sufrió la amputación traumática de dos de sus dedos por un accidente en una plaza de juegos local.

   En fallo unánime el tribunal de alzada ratificó la condena del Primer Juzgado de Letras de Coyhaique que condenó al municipio por su responsabilidad en el accidente que sufrió una menor de entonces 7 años de edad por un accidente ocurrido en un resbalín de la plaza de la población Ampliación Antonio Ronchi  el 29 de marzo de 2013 de la capital regional.

   La Corte  de Apelaciones ratifica la falta de servicio de la municipalidad en el  caso: "esta Corte concluye que, en el caso de autos, concurren todos los requisitos que son exigibles para la concurrencia de la falta de servicio, en este caso concreto de la Municipalidad de Coyhaique, pues ésta última, actuando dentro de sus atribuciones de administrar bienes municipales y los de uso público, como son juegos infantiles ubicados en la plaza pública existente en la Población Ampliación Padre Antonio Ronchi de Coyhaique, que eran de cargo municipal, tomó una decisión que involucraba ciertamente un riesgo al mantener esos juegos infantiles en una plaza pública en mal estado, específicamente, los relativos a los resbalines, lo cual era conocido por las autoridades del municipio, incluido su alcalde, lo cual, incluso había sido advertido por la Junta de Vecinos del lugar, en circunstancias que era previsible que en esas condiciones, esos juegos infantiles y al resbalin, podían causar daños a terceros, toda vez que el municipio no veló por su mantención ni cuidado, como se consigna en el motivo sexto del fallo que se revisa, sin que esa situación fuera advertida por algún medio al público, ya adulto o niños que concurrieran a visitar esos juegos infantiles y ocuparlos", dice el fallo.

   La sentencia de la Corte ordena el pago por daño directo o emergente por un monto de $ 3.689.000 (tres millones seiscientos ochenta y nueve mil pesos) para la menor afectada y ratifica el pago de $ 40.000.000 (cuarenta millones de pesos) por daño moral para la niña  y  $10.000.000 (diez millones de pesos) para cada uno de sus dos padres.

   Sobre la sentencia, el Presidente de la Corte de Apelaciones, ministro Pedro Castro Espinoza, explicó que "este tribunal conociendo de la causa decidió confirmar dicha sentencia que condenaba el pago de una importante indemnización por daño moral a la municipalidad, pero agregando recursos por daño directo, esto es el costo de la prótesis para la menor, producto por la pérdida de dos dedos de su mano, y otro que había sido negado que correspondía al pago de las costas del juicio".

   FALLO CORTE

   SENTENCIA PRIMERO CIVIL

   Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile.

No hay comentarios: