Después de la discusión legislativa de rigor, fue aprobado este miércoles, por parte de una Comisión Mixta del Congreso, el proyecto de ley que otorga las facultades para que la Corte Suprema pueda destinar a jueces –de manera transitoria- desde tribunales de menor carga a aquellos que han visto un aumento sustancial en su número de procesos. Así, la iniciativa queda en condiciones de volver a la Cámara de Diputados, para realizar el siguiente paso legislativo.
“Hoy se dilucidaron todas la dudas que habían, concordaron los señores parlamentarios las observaciones que habían hecho y terminó aprobándose este proyecto, que había comenzado a tratarse en 2008. Ha pasado bastante tiempo y estamos muy agradecidos del trabajo realizado con el presidente, senadores y diputados que integran esta comisión mixta”, señaló el presidente de la Corte Suprema, Rubén Ballesteros, quien concurrió a esta sesión junto a Antonio Larraín, Director de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.
En lo medular, esta iniciativa propone facultar a la Corte Suprema para destinar transitoriamente y de manera rotativa, a uno o más jueces integrantes de los tribunales de garantía, de juicio oral en lo penal, de familia, laborales y de cobranza laboral y previsional, a desempeñar sus funciones preferentemente en otro tribunal de su misma especialidad.
De concluir exitosamente su trámite legislativo, la Corte Suprema podrá realizar estos traslados a petición de las Cortes de Apelaciones respectivas, previo informe de la Corporación Administrativa del Poder Judicial y siempre que lo permita la disponibilidad presupuestaria del Poder Judicial.
Respecto de los cambios que traerá a los usuarios esta nueva normativa, el presidente Ballesteros señaló que “los beneficios de esta ley para el sistema judicial van a ser evidentes. Tenemos muchos juzgados de Garantía y de Juicio Oral que están colapsados, ya que el número de jueces que se les asignó originalmente por ley no ha sido suficiente, y la carga de trabajo ha aumentado considerablemente. En cambio hay otros tribunales que tienen cargas de trabajo más aliviadas, entonces se trata que ese juez que tiene menor carga vaya por un tiempo determinado voluntaria y transitoriamente, a servir en el tribunal colapsado. Estamos optimistas y creo que en buen pie para que la ley sea aprobada por la Cámara y pueda empezar a ser aplicada en cuanto sea posible, en un plazo no superior a dos meses”, concluyó.
Adicionalmente, esta normativa contempla la posibilidad de diferir el nombramiento de determinado número de jueces de la Reforma Procesal Penal de las jurisdicciones de las Cortes de Apelaciones de Santiago y San Miguel, en un período de cuatro años, con el objetivo de racionalizar el uso de los recursos en atención a las cargas de trabajo de los tribunales de dichas jurisdicciones.
Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile
No hay comentarios:
Publicar un comentario