La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó a la empresa Viajes
Falabella a pagar una multa de 50 UTM (unidades tributarias mensuales) y una
indemnización total de $1.018.834 (un millón dieciocho mil ochocientos
treinta y cuatro pesos) por infracción a ley del consumidor en la venta de un
paquete turístico, publicitado durante el denominado "Cyberday"
y cuyas características no eran las anunciadas.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada -integrada por
el ministro Dinko Franulic, el fiscal judicial Rodrigo Padilla y el abogado (i)
Carlos Ruiz-Tagle- revocó la sentencia del Segundo Juzgado de Policía
Local de Antofagasta, por considerar que la empresa infringió el artículo 28 de
la ley de protección del consumidor.
"La denunciada efectivamente incurrió en infracción a la ley sobre
protección de derechos del consumidor, pues a través de mensajes publicitarios
indujo a error al consumidor con relación a la idoneidad del bien o servicio
para los fines que se pretendía satisfacer y que fue atribuido en forma
explícita por el anunciante, como asimismo respecto de las características
relevantes destacadas por éste", sostiene el fallo.
La indemnización se divide en $500.000 (quinientos mil pesos) por
daño moral, y $518.834 (quinientos dieciocho mil ochocientos treinta y cuatro
pesos) por daño material.
El demandante interpuso una denuncia infraccional y una demanda civil
contra Viajes Falabella por el incumplimiento del paquete turístico adquirido
el 29 de junio de 2014, en el marco del denominado
"Ciberday", que ofrecía un viaje a Punta Cana que incluía
servicio de pasajes aéreos más estadía. Antes de realizar el viaje se le
informa al demandante que el producto que adquirió sólo incluía pasajes aéreos,
incumpliendo así lo publicitado.
SENTENCIA DE CORTE DE ANTOFAGASTA
Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile.
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