La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo
presentado en contra de la Undécima Sala del tribunal de alzada, por la defensa
de Claudio Eguiluz Rodríguez, investigado por el Ministerio Público en el
denominado caso SQM y que con fecha lunes 14 de septiembre de los corrientes
fue formalizado.
En fallo dividido, la Cuarta Sala de la Corte de Santiago –integrada por
los ministros Jaime Balmaceda, Pedro Advis y la abogada (i) Claudia Chaimovich–
rechazó la acción cautela al considerar que el recurso de amparo no es la vía
idónea para recurrir de una decisión del mismo tribunal de alzada.
"Ahora bien, sobre la base de lo expuesto en la norma antes
transcrita no cabe sino concluir que el debate sobre la cuestión que motiva el
presente recurso de amparo concluyó definitivamente con el fallo de esta Corte
que revocó la resolución de primer grado y decidió aquello que se indicara en
el motivo Tercero. En este contexto, de acuerdo a lo prescrito en el artículo
21 de la Constitución Política de la República es posible afirmar que sobre tal
decisión no es procedente recurrir de amparo ni puede otra Sala de la misma
Corte constituirse en tribunal revisor de la misma, sea en lo que se refiere a
su contenido o al procedimiento que se siguió para adoptarla", sostiene el
fallo.
Resolución que agrega: "Como ha sostenido de manera uniforme,
constante y reiterada la jurisprudencia más reciente de la Corte Suprema en
diversos pronunciamientos en que se ha planteado una situación enteramente
semejante la que origina este cuaderno, "darle competencia impropia como
tribunal superior a una Corte de Apelaciones respecto de otra, afecta
seriamente las reglas sobre competencia de orden público contenidas en el
Código Orgánico de Tribunales, entre ellas la del grado y jerarquía, y puede
constituir seriamente una vulneración del artículo 7° de la Constitución
Política" (entre otras, sentencias recaídas en las causas Roles N°
24.509-2014, 30.602-2014, 3.313-2015, 4.564-2015, 4.930-2015, 5.678-2015,
6.659-2015, 6.981-2015, 7.366-2015, 7.367-2015, 9.592-2015, 9.631-2015,
9.149-2015, 8.680-2015)".
La resolución se adoptó con el voto en contra de la abogada Chaimovich,
quien consideró que la acción judicial resultaba procedente por estar en riesgo
la libertad personal de Eguiluz.
FALLO CORTE DE SANTIAGO
Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile.
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