viernes, 10 de agosto de 2012

CORTE SUPREMA CONDENA A FISCO A PAGAR INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DE REO EN INCENDIO EN CÁRCEL DE VALPARAÍSO (Fallo de 09 de Agosto de 2012)

La Corte Suprema Confirmó que el Fisco deberá pagar una indemnización de $40.000.000 (cuarenta millones de pesos) a los padres de interno que murió en un incendio en la cárcel de Valparaíso, en enero de 2005.

En fallo unánime (causa rol 574-2010), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Sonia Araneda, Juan Escobar (suplente) y el abogado integrante Guillermo Piedrabuena, rechazaron el recurso de casación presentado contra el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que ordenó el pago por el fallecimiento del interno Ángelo Cuneo Montecino.

La resolución determina la responsabilidad del Estado en la muerte del reo al no resguardar su integridad física en el recinto penal porteño.

“Que al efectuar la relación de cómo se configuró la responsabilidad -especialmente en lo relativo al establecimiento de los hechos y la normativa que vincula a Gendarmería de Chile- indudablemente este análisis de los elementos y los sucesos ha sido en concreto respecto de la situación planteada, no en abstracto, por lo que corresponde descartar este reproche, como igualmente que los magistrados establecieran una responsabilidad objetiva de la Administración sin un factor de imputación, por el sólo hecho de constatar el daño, puesto que ellos no sólo explican y desarrollan el mal funcionamiento de Gendarmería en su deber de vigilancia de internos en celdas de aislamiento, sino que además indican la normativa legal que le impone tal obligación, legislación que no fue cumplida eficientemente”, dice el fallo.

La resolución agrega: “Así se acreditó el deber de actuar y que, en el caso concreto, se ejerció tal obligación de manera imperfecta, por lo que el reproche no concurre, lo que lleva igualmente a desestimar el recurso en dicho aspecto. En este sentido corresponde destacar la mayor exigencia abordada por los recurridos en su sentencia, pues tanto el legislador en la historia fidedigna de la Ley N° 18.575, como esta Corte Suprema de manera reiterada han sostenido que la ponderación de la falta de servicio debe efectuarse de manera objetiva, conforme ello puede exigirse a una servicio público moderno”.

Cuneo Montecino murió el 27 de enero de 2005, en el Hospital Carlos Van Buren de Valparaíso, producto de las graves lesiones que sufrió en el incendio que afectó al recinto penal cinco días antes.

El condenado –que había ingresado a la cárcel en noviembre de 2004- fue trasladado el 22 de enero de 2005, a una celda de aislamiento, mismo día en que se produjo el incendio que, además, afectó a otro reo.



 Fuente: Portal de Poder Judicial de Chile

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