La Corte
Suprema Confirmó que el Fisco deberá pagar una indemnización de $40.000.000
(cuarenta millones de pesos) a los padres de interno que murió en un incendio
en la cárcel de Valparaíso, en enero de 2005.
En fallo
unánime (causa rol 574-2010), los ministros de la Tercera Sala del máximo
tribunal Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Sonia Araneda, Juan Escobar (suplente)
y el abogado integrante Guillermo Piedrabuena, rechazaron el recurso de
casación presentado contra el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso
que ordenó el pago por el fallecimiento del interno Ángelo Cuneo Montecino.
La
resolución determina la responsabilidad del Estado en la muerte del reo al no
resguardar su integridad física en el recinto penal porteño.
“Que al
efectuar la relación de cómo se configuró la responsabilidad -especialmente
en lo relativo al establecimiento de los hechos y la normativa que vincula a
Gendarmería de Chile- indudablemente este análisis de los elementos y los sucesos
ha sido en concreto respecto de la situación planteada, no en abstracto, por
lo que corresponde descartar este reproche, como igualmente que los
magistrados establecieran una responsabilidad objetiva de la Administración
sin un factor de imputación, por el sólo hecho de constatar el daño, puesto
que ellos no sólo explican y desarrollan el mal funcionamiento de Gendarmería
en su deber de vigilancia de internos en celdas de aislamiento, sino que
además indican la normativa legal que le impone tal obligación, legislación
que no fue cumplida eficientemente”, dice el fallo.
La
resolución agrega: “Así se acreditó el deber de actuar y que, en el caso
concreto, se ejerció tal obligación de manera imperfecta, por lo que el
reproche no concurre, lo que lleva igualmente a desestimar el recurso en
dicho aspecto. En este sentido corresponde destacar la mayor exigencia
abordada por los recurridos en su sentencia, pues tanto el legislador en la
historia fidedigna de la Ley N° 18.575, como esta Corte Suprema de manera
reiterada han sostenido que la ponderación de la falta de servicio debe
efectuarse de manera objetiva, conforme ello puede exigirse a una servicio
público moderno”.
Cuneo
Montecino murió el 27 de enero de 2005, en el Hospital Carlos Van Buren de
Valparaíso, producto de las graves lesiones que sufrió en el incendio que
afectó al recinto penal cinco días antes.
El condenado
–que había ingresado a la cárcel en noviembre de 2004- fue trasladado el 22
de enero de 2005, a una celda de aislamiento, mismo día en que se produjo el
incendio que, además, afectó a otro reo.
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Fuente: Portal de Poder Judicial de Chile
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